Hasta hace pocos años los trabajadores Independientes, ya sea que fueran técnicos, profesionistas, comerciantes que tuvieran un negocio propio o simplemente trabajadores que laboraran por su cuenta, inclusive trabajadores en el extranjero, no tenían muchas opciones, por no decir ninguna, de obtener los beneficios Médicos y Económicos que otorga el IMSS a los trabajadores del Regimen Obligatorio (empleados con un patrón). Mas sin embargo a la fecha ya el IMSS tiene varias opciones para que estos trabajadores puedan ingresar al Regimen del IMSS y obtener todos o algunos de los beneficios que este ofrece. A continuación veremos los mas accesibles.
A continuación veremos a detalle los beneficios de cada uno de estos Ramos para que pueda elegir el que mas le convenga considerando los beneficios y costos que conllevan cada uno de ellos.
SEGURO VOLUNTARIO TRABAJADORES INDEPENDIENTES (ramo 10)
Este Seguro otorga a los trabajadores no asalariados, un esquema de Seguridad Social que es realmente igual y con los mismos derechos que tiene el Regimen Obligatorio
Este esquema de aseguramiento, también permite que aquellos mexicanos que laboran en el extranjero y que tienen a sus familiares beneficiarios (cónyuge, hijos y ascendentes) en territorio nacional, puedan afiliarse IMSS al no tener un patrón en México. Al incorporarse a este esquema, cuentan con la posibilidad de acceder a un plan de seguridad social aplicable a ellos y a sus beneficiarios legales, para recibir servicios médicos y prestaciones económicas sociales en territorio nacional.
BENEFICIOS
Al estar afiliadas al IMSS, estos trabajadores y sus Beneficiarios disfrutarán de la protección de los siguientes Seguros:
Lo que les permitirá el acceso a los siguientes beneficios:
COSTOS
El costo de este tipo de Aseguramiento se calcula en base a la labor que lleva a cabo el trabajador que desea asegurarse así como el monto promedio de sus ingresos mensuales con el que se de de alta. El trabajador cubrirá el monto total de las cuotas obrero-patronales recibiendo del Estado las aportaciones de Cuota Social que le corresponde. Es importante recalcar aquí que, de acuerdo al Salario que se registre, serán los beneficios que obtendrá en las prestaciones económicas tales como Incapacidades y Pensiones. Este seguro nos permite pagar el monto de la Prima en periodos de mes a mes, semestral o anualmente.
RESTRICCIONES:
El alta a este Régimen de Aseguramiento conlleva una serie de restricciones que atañe directamente al Seguro de Enfermedades y Maternidad.
Para cualquier duda o pregunta sobre este Ramo de Aseguramiento por favor de Clic a CONTACTO
SEGURO DE LA FAMILIA (ramo 33)
El Aseguramiento voluntario en el Ramo 33, mejor conocido como el Seguro de la Familia, permite a los trabajadores sin Seguridad Social obtener, para ellos y sus familiares directos, la prestación del Servicio medico del IMSS ya que solo se contrata el Seguro de Enfermedades y Maternidad.
Esta modalidad tiene como punto medular proteger a las personas que no coticen al Régimen Obligatorio y otorga atención medica, quirúrgica, hospitalizan y farmacia. No otorga protección en los otros seguros conocidos del IMSS como son Subsidios económicos, o incapacidades, servicios de guardería ni pensión así como tampoco INFONAVIT.
Es importante saber que el Seguro no cubre enfermedades preexistentes, crónicas o degenerativas a excepción de que el contratante del seguro tenga menos de una año de haber dejado de pertenecer al Régimen Obligatorio.
Se contratará por un mínimo de dos personas del núcleo familiar; el costo anual varía según el grupo de edad y las tarifas aplicables para 2022 son las siguientes (vigentes hasta el 31/01/2023), por cada persona integrante del núcleo familiar
Para cualquier duda o pregunta al respecto de este seguro puede contactarnos dando Clic aqui.
CONTINUACIÓN VOLUNTARIA AL REGIMEN OBLIGATORIO (RAMO 40)
Todo aquel asegurado dado de baja y que cuente con un mínimo de 52 semanas cotizadas en el Régimen Obligatorio en los ultimo 5 años tiene la opción de continuar cotizando en el Ramo de Retiro, Cesantia y Vejez a fin de mantener y, en su caso, mejorar las condiciones para obtener la Pensión que le corresponda una vez cumpla los requerimiento de ley para ello. Adicionalmente este seguro otorga la protección del Seguro de Invalidez y Vida.
Este Ramo de Aseguramiento Voluntario no otorga protección medica ni Infonavit ni incapacidades, es solo y exclusivamente para mantener y prorrogar el derecho a la Pensión por Cesantia en edad Avanzada o Vejez.
El costo de este Seguro es variable y depende del Salario con el que se de de alta. Este salario no puede ser menor con el que se cotizaba al momento de la baja pero si puede ser mayor hasta el limite de 15 veces Salario Mínimo o 25 UMAs.
Los montos a pagar se calculan en un porcentaje fijo del salario con el que se da de alta el trabajador. Este Porcentaje es fijo durante el año calendario pero estará incrementándose durante los próximos 7 años (hasta el 2030). Durante el 2023 el porcentaje a pagar sera del 11.166% sobre el salario registrado.
Es importante hacer notar que este seguro no es compatible con el Régimen Obligatorio, así que si en algún momento el trabajador ingresa nuevamente a cotizar con un patrón NO PODRÁ CONTINUAR CON ESTE RAMO.
Este ramo de aseguramiento es excelente para todo aquel trabajador que, estando ya cerca de la edad de Pensión, deje de cotizar al Régimen Obligatorio y desee mantener intacto su derecho a la misma y, si es posible, mejorar el monto al que tiene derecho.
Ante cualquier inquietud o duda acerca de este régimen o cualquiera de los anteriores puede contactarnos dando Clic a CONTACTO